La Universidad Nacional de Lanús fijó en $70.839.229,20 el monto contractual anual de su servicio de Policía Federal Adicional para 2026. La resolución rectoral que dispuso el ajuste también contiene un dato que necesita aclaración: el anexo declara dieciocho módulos diarios de cobertura, mientras su cuadro anual suma 4.380 módulos, una cantidad equivalente a doce por día durante los 365 días del año.

La diferencia aparece en la Resolución Rectoral 38/2026 y su anexo, publicada por la universidad. No demuestra por sí sola un pago indebido ni una prestación faltante. Sí obliga a separar las cifras que el documento utiliza para describir el mismo contrato y a pedir una explicación que permita conocer con precisión qué cobertura fue presupuestada.

El servicio corresponde a dependencias de la UNLa en Remedios de Escalada, partido de Lanús. Es una contratación de una universidad nacional a la Policía Federal Argentina. No forma parte de la Policía de Prevención Municipal ni puede presentarse como un gasto del presupuesto del Municipio por el solo hecho de que los puestos estén dentro del distrito.

Qué cambió en el contrato

La resolución modifica el monto de la Contratación Directa 230/25, adjudicada para el servicio de 2026 mediante la Resolución Rectoral 17/26. El documento informa que la contratación original tenía un total anual de $69.450.199,80 y un valor de $15.856,21 por módulo de cuatro horas de servicio continuo por agente. El ajuste llevó ese módulo a $16.173,34 desde enero de 2026.

Con el nuevo valor, el monto anual pasó a $70.839.229,20. La diferencia entre ambos totales es de $1.389.029,40. Se trata de la variación del compromiso contractual que describe el acto administrativo, no de una cifra de dinero ya pagado. Para conocer los desembolsos reales harían falta las liquidaciones y los registros de ejecución correspondientes.

La fundamentación menciona una nota de la Policía Federal recibida el 9 de febrero de 2026 y el aumento del valor del módulo. La resolución también deja constancia de la intervención de áreas administrativas y jurídicas de la universidad. Esos antecedentes explican el trámite seguido, pero no sustituyen el control posterior de las prestaciones efectivamente cumplidas.

Dos objetivos y una cuenta que no coincide

El anexo identifica dos objetivos: uno sobre avenida 29 de Septiembre y otro en el predio de Hipólito Yrigoyen. Para cada uno establece un puesto con un efectivo y cobertura durante las veinticuatro horas, todos los días. Las direcciones corresponden al ámbito universitario de Remedios de Escalada, no a una vigilancia general de calles y barrios del partido.

Si cada módulo equivale a cuatro horas por agente, un puesto cubierto durante veinticuatro horas necesita seis módulos diarios. Dos puestos con esa cobertura representan doce módulos por día. Esa cuenta coincide con los 4.380 módulos del cuadro anual: doce multiplicado por 365. También coincide con meses de 372 módulos cuando tienen 31 días y de 360 cuando tienen treinta.

Sin embargo, al cierre del anexo se lee una cobertura general de dieciocho módulos diarios. Es una cantidad diferente de la que surge del cuadro y de la descripción de los dos puestos. La documentación consultada no incluye una explicación para reconciliarlas. Puede tratarse de una inconsistencia del documento, pero no corresponde corregirla silenciosamente ni elegir una cifra como si la otra no existiera.

El pedido de aclaración debe apuntar a ese punto concreto: cuál es la cantidad diaria contratada y cómo se relaciona con los objetivos previstos. No hace falta presumir una irregularidad para advertir que un contrato de seguridad tiene que poder entenderse con sus propios datos. La claridad del anexo facilita el control del gasto y evita atribuir una cobertura mayor o menor sin fundamento.

El ajuste de diciembre es otra partida

Además del contrato de 2026, la resolución trata un ajuste correspondiente a diciembre de 2025. Autoriza liquidar y pagar $117.972,36 por la actualización del valor del módulo de aquel período, dentro de la Contratación Directa 146/24. Ese importe tiene una referencia temporal distinta y no debe confundirse con un nuevo mes añadido al cuadro anual de 2026.

El acto faculta a la Secretaría de Administración para efectuar los pagos que demande su ejecución con imputación presupuestaria. Autorizar el pago y acreditar que se realizó son situaciones distintas. La resolución permite conocer el compromiso aprobado y sus fundamentos, mientras la comprobación del gasto ejecutado requiere documentación posterior. La misma diferencia vale para la presencia efectiva del personal en cada jornada.

Seguridad universitaria y rendición de cuentas

El interés local es concreto: la contratación está destinada a la seguridad de instalaciones universitarias situadas en Escalada y utiliza recursos de una institución pública nacional. Para estudiantes, trabajadores y vecinos, conocer quién presta ese servicio ayuda a distinguir responsabilidades. Un puesto federal contratado por la universidad no reemplaza las funciones de otras fuerzas ni amplía automáticamente la vigilancia a todo el municipio.

La resolución es un antecedente administrativo de 2026, no una contratación anunciada hoy ni un balance del servicio de octubre. Su lectura permite identificar monto, modalidad y una discrepancia cuantificable en el anexo. Publicar la aclaración y los datos de ejecución permitiría pasar del compromiso presupuestario al resultado comprobado, sin convertir el documento en una garantía de cobertura que todavía necesita acreditarse.